Propuesta de consentimiento informado por representación para el tratamiento con clozapina

Autores/as

  • Ezequiel Mercurio Médico especialista en psiquiatría y medicina legal Magister en criminología Miembro del Capítulo de Discapacidad Intelectual y del Desarrollo de APSA
  • Demián Rodante Médico especialista en psiquiatría, Hospital Moyano JTP de la III Cátedra de Farmacología, Facultad de Medicina, UBA Magíster en Neuropsicofarmacología, Universidad Favaloro Farmacoterapeuta DBT, Fundación Foro

Palabras clave:

Consentimiento informado, Representación, Clozapina

Resumen

La agranulocitosis inducida por clozapina, efecto adverso potencialmente grave, constituye un factor limitante para su empleo terapéutico, dado que lleva a la suspensión de la droga. Su incidencia en Argentina es del 0.05%. En el año 2000, bajo la disposición No 935, la ANMAT aprobó el Programa de Monitoreo para Pacientes Ambulatorios e Internados tratados con Clozapina. En dicha disposición surge la obligación de firmar el consentimiento informado en el cual el paciente es informado de los riesgos y beneficios del tratamiento. En práctica psiquiátrica asistencial los pacientes pueden no contar, como consecuencia del estado psíquico que presentan, con el nivel de competencia necesaria para firmar el consentimiento informado para su tratamiento con clozapina. El objetivo del presente trabajo es analizar la doctrina del Consentimiento Informado por Representación para los usuarios de clozapina, así como proponer un algoritmo de decisión para su aplicación en la práctica clínica. 

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Publicado

2017-11-10

Cómo citar

Mercurio, E., & Rodante, D. (2017). Propuesta de consentimiento informado por representación para el tratamiento con clozapina. Vertex Revista Argentina De Psiquiatría, 28(135, set.-oct.), 330–337. Recuperado a partir de https://revistavertex.com.ar/ojs/index.php/vertex/article/view/420

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