Síndrome pseudobulbar en pacientes con accidente cerebrovascular en Argentina
DOI :
https://doi.org/10.53680/vertex.v30i148.123Mots-clés :
Accidente Cerebrovascular, Labilidad emocional, Síndrome pseudobulbarRésumé
Introducción y objetivo: El síndrome pseudobulbar se define por episodios involuntarios o exagerados de risa o llanto, posteriores a una enfermedad específica. El síndrome pseudobulbar después del accidente cerebrovascular se reporta entre el 11%-34% de los pacientes. En nuestra población está subdiagnosticado. Determinamos su frecuencia en un grupo de pacientes post-ACV. Pacientes y métodos: Estudio observacional prospectivo desde junio/2017 a junio/2018. Se evaluaron dos poblaciones: ACV crónico (Grupo A) y ACV agudo (Grupo B). Se excluyeron pacientes con enfermedad psiquiátrica grave, deterioro cognitivo y/o afasia. Se realizaron las escalas PLACS (“pathological laughing and crying scale”) y CNS-LS (“Center for Neurologic Study-Lability Scale”). El síndrome
pseudobulbar se definió por criterios diagnósticos más ambas escalas positivas. Resultados: Cincuenta pacientes fueron evaluados. El 68% eran hombres. Edad media: 65±12 años. Grupo A: 19 casos y grupo B: 31 casos. PLACS positiva: 21% grupo A y 29% grupo B. CNS-LS positiva: 58% grupo A y 26% grupo B. Ambas escalas positivas en 8 pacientes (2 en crónico y 6 en agudo). Tres de ellos tenían depresión asociada. Conclusiones: El síndrome pseudobulbar debe examinarse cuidadosamente luego del ACV. La depresión post-ACV debe diferenciarse de la labilidad emocional por síndrome pseudobulbar. La administración de una sola escala no sería
suficiente para la orientación diagnóstica.